| Contacto | Ventajas ley 19/2009 | ||||
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1:Reducción del plazo de dos meses a un mes , en cuanto al requerimiento anterior a la demanda que impide enervar el desahucio. 2:Publicación por edictos desde la primera diligencia negativa de notificación tanto de demanda como de sentencia. 3:Solicicitud de asistencia jurídica gratuita por parte del demandado en los 3 días posteriores a la notificación a la demanda , la solicitud posterior no suspende el juicio. 4:La sentencia de desahucio se dictará en los 5 días siguintes a la vista , convocando en el acto de la vista a las partes para recibir la notificación.
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